viernes, 29 de octubre de 2010

Testamento militar

En situación de guerra, cualquier militar o personal del ejército puede otorgar testamento ante un oficial superior, deberá remitirse al cuartel general y al Ministerio de Defensa, que enviará al juzgado de primera instancia donde esté radicado el domicilio del testador.

Más información: el testamento militar

No hay comentarios:

Publicar un comentario