jueves, 5 de enero de 2012

Diferencia entre heredero y legatario

El heredero sucede a título universal al difunto en la titularidad de sus bienes y deudas, incluso con patrimonio personal, en el caso de que no hubieran aceptado la herencia a beneficio inventario. En cambio, el legatario sucede a título particular que adquiere bienes concretos y determinados, sin responder del pasivo de la herencia.
Para que exista un legatario debe existir necesariamente en el testamento que establezca el legado. Si el testador deja deudas, el legatario únicamente responderá de las deudas del testador hasta el límite del valor de lo percibido por el legado.

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