viernes, 18 de noviembre de 2011

Sucesión sin testamento

Es aquella sucesión que se realiza sin testamento y se da en los casos siguientes:
  1. cuando se fallece sin testamento.
  2. cuando el testamento no contiene heredero para repartir los bienes.
  3. cuando muere el heredero antes de fallecer el testador.
  4. cuando el heredero designado es incapaz de suceder.
En cuanto a la sucesión a favor de los hijos decir que se realizará en orden descendente, es decir de padres a hijos, y para el caso del cónyuge viudo esta no tendrá lugar si estuvieran separados de hecho o de mutuo acuerdo




    

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